Se informa que el 23 de mayo se abonará el proporcional de vacaciones no gozadas a docentes reemplazantes de acuerdo con lo establecido en el Decreto 4597/83.
Recordamos que dicho Decreto establece que “El personal suplente, que en el transcurso del período escolar cese en el servicio docente, tendrá derecho a percibir haberes en concepto de vacaciones anuales, de acuerdo con la escala de períodos trabajados en forma continua o discontinua, según se detalla:
-Diez días de sueldo por noventa días trabajados.
-Veinte días de sueldo por ciento ochenta días trabajados.
-Treinta días de sueldo por doscientos setenta días trabajados.”
Marisol Marchionatti
Secretaria de Prensa
AMSAFE La Capital