01/06/2022

NUEVO PROCEDIMIENTO SOLICITUD DISPENSA ART. 500/5

Comunicamos que a partir del día 30/05/2022 las licencias por Art. 500º inc. 5 (COVID 19 -AGENTE GRUPOS DE RIESGO) deberán solicitarse mediante el link de acceso para la solicitud de licencias médicas de Salud Laboral Escolar: www.santafe.gob.ar/intranet (Se deberá ingresar con usuario y la contraseña de Intranet), debiendo subir el agente al sitio el/los certificado/s médicos correspondiente/s.
En el/los Establecimiento/s Escolar/es el agente deberá presentar la solicitud y el certificado original en formato papel en el plazo de 72 hs. de iniciado el trámite.
Se recuerda que los AGENTES GRUPOS DE RIESGO son los descriptos en los apartados V y VI del art. 3° de la Resolución N.º 0627/20 del Ministerio de Salud Nacional:
V. Personas con Inmunodeficiencias:
• Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave
• VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable)
• Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días)
VI. Pacientes oncológicos y trasplantados:
• con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa
• con tumor de órgano sólido en tratamiento
• trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
    Se incluye a las gestantes en los grupos de riesgos que pueden solicitar las dispensa por 500/5.
    Los certificados deben ser extendidos por un plazo no mayor a 30 días y en los cuales el médico debe colocar el código CIE correspondiente, y en el caso de las gestantes el certificado debe contener la FPP y FUM. Los certificados deben estar debidamente estampillados a excepción de aquellos emitidos por efector público.

Prensa AMSAFE La Capital

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