23/01/2018

COMUNICADO DE AMSAFE ANTE LA FIRMA DEL DECRETO 52/2018

Desde AMSAFE exigimos junto a nuestra Entidad Nacional madre de 3er grado, la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), la inmediata derogación del decreto 52/2018 del Gobierno Nacional que comunicara en el día de la fecha por versión electrónica del Boletín Oficial.

 

Ante este arbitrario hecho cabe decir: 

 

1. Que un decreto del Jefe de Estado, no puede derogar facultades otorgadas a través de una ley del Congreso de la Nación, esta decisión intempestiva de Mauricio Macri, PROFUNDIZA EL DETERIORO DEL ESTADO DE DERECHO EN NUESTRO PAÍS, que estamos padeciendo desde el inicio de su gobierno, pero no nos sorprende porque está en sintonía con su política de favorecer a los sectores más concentrados de la economía en detrimento de las grandes mayorías.

 

2. Que la CTERA, de la que AMSAFE forma parte desde su fundación es la entidad con mayor representatividad del sector, con presencia mayoritaria en las 24 jurisdicciones nacionales, no cabe la más mínima duda, y que EL ATAQUE A LA CTERA, NO ES CASUAL DADO SU ROL DE REFERENCIA PARA MILLONES DE TRABAJADORES DEL PAÍS, que por capacidad de movilización y lucha ha demostrado en sus 40 años de vida.

 

3. Que este decreto no cuenta con el beneplácito ni el consenso de ninguna organización sindical docente CON LAS QUE NOS PRETENDEN ENFRENTAR, ni se ajusta a derecho en lo referido a las leyes de paritaria nacional, ya que por Ley 26.075 de Financiamiento Educativo y por el Decreto 457/07 fueron conferidas a las organizaciones sindicales de la docencia nacional, de acuerdo a su representatividad, la facultad de discutir en el ámbito de negociación colectiva, el Salario docente nacional, entre otra gran cantidad de funciones. 

 

4. Que el criterio seguido por el Art. 3° de la norma citada era con apego a un sistema democrático y a los fundamentos contenido en materia de representación tanto por la ley de Paritarias N° 14.250 como de Asociaciones Sindicales N° 23.551. La eliminación lisa y llana de tales criterios y su reemplazo por un (1) representante por gremio, independientemente de la cantidad de afiliados con que cuente, atenta contra el criterio expuesto y EXHIBE UNA VEZ MÁS UN CRITERIO SANCIONATORIO CONTRA CTERA y sus gremios de base.

 

5. Que el Consejo del Salario no tiene la responsabilidad de atender a las particularidades sectoriales del conjunto de los trabajadores de la educación del país, que, por dimensiones, complejidad, responsabilidad, carga horaria, etc., hacen necesario un ámbito de negociación específica.

 

6. Que todas ESTAS DECISIONES SON TENDIENTES A PONER UN TECHO A LA PARITARIA DOCENTE PARA BAJAR EL SALARIO REAL DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN. En efecto, modifica el art. 6to del Decreto 457/07, eliminando la posibilidad de abordar la “Retribución mínima docente”, suplantándolo por un agregado que establece que tal salario no puede ser “inferior al veinte por ciento (20%) por encima del salario mínimo vital y móvil vigente”, con lo cual elimina de cuajo la discusión salarial de la paritaria nacional vigente.    

 

Nuestra entidad provincial, como lo ha hecho a lo largo de toda su historia, se pone en estado de alerta para estar junto a CTERA en las acciones que defina realizar en resguardo del salario, y los derechos de todos los que integramos el colectivo docente nacional.

 

Sonia Alesso - Sec. General CDP AMSAFE

José F. Testoni – Sec. Adjunto CDP AMSAFE

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