Desde este mes de noviembre de 2023 se puede visualizar en los recibos de sueldo la vigencia del Decreto 473, que sube el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias. La iniciativa fue aprobada en septiembre en el Congreso de la Nación, y eleva el piso a $1.980.000, o el equivalente a 15 salarios mínimo, vitales y móviles (SMVM).
La modificación de la ley de Ganancias rige a partir de hoy para las remuneraciones o haberes mensuales brutos devengados desde el 1 de octubre y que se comenzarán a liquidar desde este mes.
A partir del 1 de enero de 2024, comenzará a regir la Ley 27.725, que volverá permanente el Decreto y que fue promulgada por el Poder Ejecutivo el pasado 6 de octubre.
De tal manera pasan a pagar Ganancias sólo 88.000 contribuyentes, entre ellos directores de sociedades anónimas, los CEOs, gerentes, subgerentes y beneficiarios de pensiones de privilegio.
Esta Ley lo que se propone es no considerar ni al salario ni a las jubilaciones una ganancia, sino lo que son: una retribución al trabajo y, en caso las jubilaciones, un haber de retiro.
Desde AMSAFE/CTERA y CTA celebramos esta Ley que fue fruto de años de luchas y acciones – paros nacionales, movilizaciones a la ANSES, campañas nacionales, radios abiertas, entre tantas medidas que llevamos adelante -, para que ningún trabajador / trabajadora, ni jubilada / jubilado, pague el Impuesto a las Ganancias.
Prensa AMSAFE La Capital